Caja fuerte gasolinera Grado IV
Distribución cajas fuertes en toda España
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SERVIMOS CAJAS FUERTES GASOLINERAS DYSS en: Madrid , Sevilla, Barcelona, Álava ,Albacete, Alicante, Almería, Asturias, Ávila, Badajoz, Burgos, Cáceres, Cádiz, Cantabria, Castellón, Ciudad Real, Córdoba, La Coruña, Cuenca, Gerona, Granada, Guadalajara, Guipúzcoa, Huelva, Huesca, Islas Baleares, Jaén, León, Lérida, Lugo, Málaga, Murcia, Navarra, Ourense, Palencia, Las Palmas, Pontevedra, La Rioja, Salamanca, Segovia, Soria, Tarragona, Teruel, Toledo, Valencia, Valladolid, Vizcaya, Zamora y Zaragoza
ANTES DE COMPRAR UNA CAJA FUERTE LEA LAS NUEVAS DISPOSICIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR
A partir del 18 Agosto 2011 segùn Orden INT/317/2011 del Ministerio del Interior los certificados de homologación de las cajas fuertes Grado IV norma 1143-1 exigidos por la POLICIA a GASOLINERAS. No son validos los extendidos por los fabricantes , el admitido es la certificación de producto, y en especial el extendido para ver haz click aquí en AENOR
En dicha Orden INT/317/2011 indican Cualquier caja fuerte gasolineras de las reguladas por la norma UNE-EN 1143-1 grado IV cuyo peso sea inferior a 2.000 Kg., deberá estar anclada con una base de anclaje para ver haz click aquí NORMA UNE 108136 .
Para información sobre anclaje cajas fuertes gasolineras haz click aquí ANCLAJES
Todas las cajas fuertes certificados para la clase de protección antirrobo y un peso inferior a 2.000 kg siempre deben estar ancladas al suelo según norma UNE 108136. Si no lo hace, el certificado de clasificación ya no es válido y la etiqueta correspondiente colocada en el interior de la caja debe ser eliminado.
Del mismo modo, los cambios no autorizados por AENOR el establecimiento de una ranura de depósito pueden invalidar el certificado de clasificación y la etiqueta correspondiente colocado en dentro de la caja fuerte
¡¡¡ ATENCION !!! el no cumplimiento por las gasolineras de las DISPOSICIONES GENERALES del MINISTERIO DE INTERIOR Orden INT/317/2011 capitulo III Articulo 20 y la disposición adicional segunda sobre anclaje cajas fuertes las compañías de seguros se podría inhibir del pago de su póliza nuestro asesor de seguridad le informara sobre dichas disposiciones ministeriales.
Períodos de adecuación entrada en vigor 18/08/2011
Las cajas fuertes , instalados antes de la fecha de la entrada en vigor de la presente Orden, en gasolineras , se adecuarán a la misma en el plazo de seis años.
Transcurrido el período de carencia de seis años, se deberá disponer del pertinente certificado emitido por un laboratorio acreditado para ello en la Unión Europea y exhibirse en caso de ser requerido.